El concurso de acreedores es un instrumento jurídico que permite a las empresas que no pueden atender sus obligaciones de pago o prevén que no podrán atenderlas regular y puntualmente, intentar alcanzar un acuerdo con los acreedores para así sacar la empresa adelante. No obstante, en los casos en los que el administrador de la mercantil no vea claro salvar la empresa, lo recomendable es presentar directamente el concurso de acreedores y proceder a liquidar todos los activos.
Para ello es necesario aportar la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI de los administradores de la Sociedad.
- Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil. Si no se tiene, se puede solicitar en el Registro Mercantil o bien en la Notaría en la que se firmó.
- Tarjeta de identificación fiscal con el NIF definitivo de la Mercantil. Se puede solicitar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado electrónico o cl@ve pin.
- Certificado de rentas de los 3 últimos ejercicios (Impuesto de Sociedades). Se solicita en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, accediendo con certificado electrónico o cl@ve pin.
- Cuentas anuales de los 3 últimos ejercicios. Se solicitan en el Registro Mercantil.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria para cada una de las cuentas bancarias de las que la Sociedad sea titular. Se puede solicitar en el banco.
- Contratos en vigor con los acreedores o deuda actualizada. Si no se tienen los contratos hay que aportar un listado de las deudas, señalando el nombre de los acreedores y la cuantía aproximada de la deuda.
- Nota Simple del Registro de la Propiedad, que acredite tanto si se es titular de una propiedad como si no lo es. Se puede solicitar en el Registro de la Propiedad o, de forma telemática, en la sede electrónica de los Registradores de España mediante certificado electrónico.
- Inventario de bienes. Es preciso realizar una identificación y valor de las existencias y mercaderías de la Mercantil.
- Documentación laboral. Hay que aportar las liquidaciones por despido y deuda pendiente con los trabajadores despedidos.
- Procedimientos en curso, en su caso, indicando el nombre del acreedor que ha puesto la demanda, número de procedimiento, juzgado y cuantía más las costas que le reclaman.