El Concurso de Acreedores es un instrumento jurídico que tiene lugar cuando una empresa deviene en una situación de insolvencia y no puede atender sus obligaciones de pago o prevé que no podrá atenderlas regular y puntualmente. Con este procedimiento se busca que, de forma ordenada y bajo la supervisión de un administrador concursal, se atiendan los pagos y que la empresa pueda continuar con su actividad o bien liquidarla.
Una vez finalizado el concurso de acreedores, se producirá la disolución y extinción de la persona jurídica y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil, así como el perdón o condonación de las deudas que se mantenían.
Dentro del concurso de acreedores podemos distinguir una fase común, la fase de convenio, la fase de liquidación y la fase de calificación.
La fase común se inicia tras el auto de declaración del concurso y su objetivo es analizar el patrimonio del concursado. En esta fase, el juez nombra a un administrador concursal que deberá elaborar un informe que irá acompañado de un inventario de la masa activa y de la pasiva así como de la lista de acreedores.
La fase de convenio tiene como objetivo principal que el deudor llegue a un acuerdo con los acreedores, sin que sea necesario llegar a la liquidación del patrimonio.
La fase de liquidación dará lugar cuando no se haya alcanzado ningún convenio. En esta fase se liquidan los bienes del deudor para que sean destinados a satisfacer los créditos pendientes de los acreedores.
Finalmente, en la fase de calificación el concurso se calificará como fortuito o como culpable.
Por tanto, después de conocer cada fase del concurso de acreedores, podemos afirmar que el mismo termina cuando, bien porque se ha “cumplido” el convenio de pago acordado con los acreedores, bien porque el administrador concursal ha acabado la liquidación de los bienes del deudor y repartido lo que ha obtenido entre los acreedores, o bien cuando no hay bienes para satisfacer a los acreedores.
Para comprender qué pasa después de un concurso de acreedores se debe analizar cuándo se termina el mismo.
Si el concurso concluye por cumplimiento del convenio declarado por el Juez del concurso, se puede generar un plazo más amplio para el pago de las deudas de forma que sea más accesible para el deudor y la empresa puede funcionar con total normalidad, recobrando todas sus facultades.
Si el concurso concluye bien por liquidación, o bien por insuficiencia de masa activa, el deudor persona jurídica dejará de existir, alzándose la suspensión de los plazos de prescripción de las acciones de los acreedores para reclamar contra quien consideren responsables. El juez que dicte la conclusión del concurso, en el mismo auto acordará la disolución y extinción de la persona jurídica, así como al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda. El administrador de la empresa habrá cumplido sus obligaciones legales, por lo que no se le derivarán responsabilidades contra su persona.
Por lo tanto, una vez finalizado el concurso de acreedores, la empresa puede estar liquidada o haber continuado sus actividades económicas, quedando la deuda anulada o extinguida.
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Jose Luis Ramos Domingo
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